El 1 de abril de 1994 el Ministerio de Salud publicó una nueva reglamentación para los medicamentos herbarios [77], según la cual los medicamentos herbarios son medicamentos que contienen como principios activos solo plantas o preparativos de plantas. La reglamentación no se aplica a los productos de plantas usados en alimentos o bebidas y que se reglamentan como tal, a menos que se indiquen o se anuncien como medicamentos, en cuyo caso se consideran medicamentos y tienen que cumplir los requisitos de la reglamentación.
La reglamentación contiene una descripción detallada de los requisitos del expediente que cumplen con la legislación europea. El expediente tiene que presentarse a la Oficina Farmacéutica Nacional que concederá o rechazará el registro. Además, hay instrucciones detalladas en cuanto al contenido del prospecto del paquete y la rotulación [77].