El patrocinador es responsable de acordar con el investigador o los investigadores la asignación de las responsabilidades relacionadas con el protocolo, incluyendo el tratamiento de los datos, la penetración en el código del ensayo, el manejo de las estadísticas, la preparación de los informes del ensayo y la preparación y presentación de documentación al comité de ética, el organismo de reglamentación farmacéutica y cualquier otro organismo de revisión que se requiera. Este acuerdo debe ser confirmado por escrito (en el protocolo, el contrato u otro documento) antes del ensayo.
El patrocinador puede transferir cualquiera o todas las actividades vinculadas con el ensayo clínico a una organización científica (de carácter comercial, académico o de otro tipo), o a un organismo de investigación por contrato (OIC). Toda transferencia de ese tipo debe ser documentada por escrito.