Comité de expertos de la OMS en la selección y uso de medicamentos esenciales - OMS, Serie de informes técnicos, No. 850, Anexo 3 (Pautas para la Buena Práctica Clínica (BPC) en ensayos con productos farmacéuticos) - Sexto informe
(1995; 54 páginas) [English] [French]
Table des matières
Afficher le documentAnexo 3. Pautas para la buena práctica clínica (BPC) en ensayos con productos farmacéuticos1
Afficher le documentIntroducción
Afficher le documentGlosario
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu1. Disposiciones y requisitos para un ensayo clínico
Afficher le document2. El protocolo
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu3. Protección de los sujetos del ensayo
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu4. Responsabilidades del investigador
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu5. Responsabilidades del patrocinador
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu6. Responsabilidades del supervisor
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu7. Vigilancia de la inocuidad
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu8. Registro y manejo de los datos
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu9. Estadísticas y cálculos
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu10. Manejo y responsabilización de los productos farmacéuticos
Ouvrir ce répertoire et afficher son contenu11. Función del organismo de reglamentación farmacéutica
Afficher le document12. Garantía de la calidad en la realización de un ensayo clínico
Afficher le document13. Consideraciones en relación con los ensayos en centros múltiples
Afficher le documentReferencias
Afficher le documentApéndice 1. Declaración de Helsinki1
Afficher le documentApéndice 2. Lista modelo de puntos que se incluirán en el protocolo de un ensayo clínico
Afficher le documentOtras publicaciones de la OMS sobre temas afines
Afficher le documentCubierta posterior
 

2. El protocolo

El ensayo clínico se realizará conforme a un protocolo escrito acordado y firmado por el investigador y el patrocinador. Todo cambio que posteriormente se requiera debe ser igualmente acordado y firmado por el investigador y el patrocinador y anexado al protocolo como enmienda.

Los protocolos, apéndices y toda otra documentación pertinente deben establecer el propósito del ensayo y los procedimientos que se usarán; las razones para proponer que el ensayo se realice en seres humanos; la naturaleza y el grado de todo riesgo conocido; los grupos en donde se propone seleccionar a los sujetos del ensayo; y los medios para asegurar que esos sujetos están adecuadamente informados antes de otorgar su consentimiento. En el apéndice 2 se indican otros puntos importantes que se incluirán en el protocolo de un ensayo clínico.

El protocolo, los apéndices y otra documentación pertinente deben ser revisados desde el punto de vista científico y ético por uno o más (cuando lo requieran las leyes y disposiciones locales) organismos de revisión (por ejemplo, un consejo de revisión institucional, un comité de revisión integrado por colegas, un comité de ética o el organismo de reglamentación farmacéutica), constituidos apropiadamente para este propósito e independientes de los investigadores y patrocinadores.

 

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Dernière mise à jour: le 3 mai 2013