La Comunidad Europea ha elaborado una red legislativa integral para facilitar el libre movimiento de productos, capital, servicios y personas en la Comunidad. Según las directivas 65/65/CEE [30] y 75/318/CEE [31], los productos farmacéuticos requieren aprobación antes de obtener acceso al mercado. Los requisitos para la documentación de la calidad, la seguridad y la eficacia, el expediente y los informes expertos se establecen en la directiva 91/507/CEE [32]. El artículo 39, inciso 2, de la directiva 75/319/CEE [33] obliga a los Estados Miembros a verificar todos los productos que se hallan en el mercado en ese momento, con un plazo de 12 años, a fin de determinar si satisfacen los requisitos de estas directivas. Los países han seguido diferentes enfoques al examinar las fitomedicinas.