Globalización y acceso a los medicamentos - Serie "Economía de la salud y medicamentos", No. 07
(1999; 129 páginas) [English] [French] Ver el documento en el formato PDF
Índice de contenido
Ver el documentoNota de agradecimiento
Ver el documentoAbreviaturas y siglas
Cerrar esta carpetaPrimera parte: Globalización y acceso a los medicamentos - Implicaciones del Acuerdo de la OMC sobre los ADPIC
Ver el documentoResumen de orientación
Ver el documentoIntroducción
Abrir esta carpeta y ver su contenido1. Breve referencia histórica sobre el sistema de comercio internacional
Cerrar esta carpeta2. Lectura del Acuerdo sobre los ADPIC desde la perspectiva del acceso a los medicamentos
Ver el documento2.1 Presentación general del Acuerdo
Ver el documento2.2 Principios fundamentales y objetivos del Acuerdo: el equilibrio necesario entre propiedad intelectual y accesibilidad
Ver el documento2.3 Patentes de productos farmacéuticos y de procedimientos obtenibles en todo el mundo
Ver el documento2.4 Invenciones no patentables: invenciones biotecnológicas
Cerrar esta carpeta2.5 Efectos de la protección: un monopolio de explotación durante 20 años
Ver el documentoAtenuación del monopolio por agotamiento de los derechos
Ver el documentoFortalecimiento del monopolio por patentes de procedimiento
Ver el documentoExtensión de la duración del monopolio
Abrir esta carpeta y ver su contenido2.6 Aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC
Abrir esta carpeta y ver su contenido2.7 Durante el período transitorio
Abrir esta carpeta y ver su contenido2.8 ¿Cómo se puede limitar el monopolio?
Abrir esta carpeta y ver su contenido3. Conclusiones: lo que está en juego y lo que condiciona el acceso a los medicamentos
Ver el documentoDefiniciones y terminología4
Abrir esta carpeta y ver su contenidoBibliografía seleccionada5
Abrir esta carpeta y ver su contenidoSegunda parte: Presentaciones ante el grupo de trabajo especial del Consejo Ejecutivo sobre la Estrategia Revisada en materia de Medicamentos reunido en Ginebra el 13 de octubre de 1998
Ver el documentoOtros documentos de la Serie “Economía de la Salud y Medicamentos”
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Extensión de la duración del monopolio

Con arreglo al artículo 33, la protección* ofrecida no cesará hasta que expire un período de 20 años desde la fecha de presentación de la solicitud de patente.

De esta disposición puede seguirse un aumento de la duración del monopolio de los titulares de patentes en muchos Estados Miembros donde no existe competencia terapéutica. En el ámbito farmacéutico, la consecuencia lógica de esta norma es que los medicamentos se vendan a precios elevados, como es el caso de todo producto objeto de monopolio, durante un período de tiempo más largo, y que los fabricantes de productos genéricos tengan que esperar más tiempo para poder producir el medicamento de que se trate y venderlo a un precio más asequible.

Es, por ende, en lo que se refiere a la duración de la protección donde el Acuerdo tendrá uno de sus efectos de armonización más importantes. A diferencia de otras disposiciones que dejan cierto margen de maniobra a los Estados Miembros, en lo que concierne a la duración de las patentes el Acuerdo es particularmente estricto y preciso.

En otras palabras, el Acuerdo prohíbe a los Estados Miembros determinar un período especial de protección inferior a 20 años dependiendo del campo de la tecnología, como hacían ciertos países en desarrollo para los productos farmacéuticos. En efecto, el Acuerdo impone una duración mínima; pero no hay en él ninguna disposición que obligue a los Estados Miembros a otorgar patentes de duración todavía mayor, como sucede en los Estados Unidos y en Europa, especialmente en el caso de los productos farmacéuticos, para compensar por el tiempo transcurrido entre la presentación de la solicitud de patente y la comercialización efectiva del producto.

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Última actualización: le 3 mayo 2013