El nuevo botiquín de urgencia 98: Medicamentos y material médico para 10 000 personas y aproximadamente 3 meses
(1998; 82 páginas) [English] [French] Ver el documento en el formato PDF
Índice de contenido
Ver el documentoNota de agradecimiento
Ver el documentoIntroducción
Abrir esta carpeta y ver su contenidoCapítulo 1: Medicamentos y material médico esenciales en situaciones de emergencia
Abrir esta carpeta y ver su contenidoCapítulo 2: Observaciones sobre la selección de los medicamentos, el material médico y el equipo incluidos en el botiquín
Abrir esta carpeta y ver su contenidoCapítulo 3: Composición del Nuevo Botiquín de Urgencia 98
Ver el documentoAnexo 1: Unidad de base: directrices de tratamiento
Abrir esta carpeta y ver su contenidoAnexo 2: Evaluación y tratamiento de la diarrea
Abrir esta carpeta y ver su contenidoAnexo 3: Tratamiento del niño con tos o dificultad respiratoria
Ver el documentoAnexo 4: Ejemplos de formularios de compilación de datos
Ver el documentoAnexo 5: Ejemplo de ficha de salud
Abrir esta carpeta y ver su contenidoAnexo 6: Directrices para los proveedores
Abrir esta carpeta y ver su contenidoAnexo 7: Otros botiquines para situaciones de urgencia
Abrir esta carpeta y ver su contenidoAnexo 8: Directrices sobre donativos de medicamentos48
Cerrar esta carpetaAnexo 9: Modelo de directrices para el suministro internacional de medicamentos fiscalizados destinados a la atención médica de urgencia52
Ver el documentoIntroducción
Ver el documentoDefiniciones
Ver el documentoFinalidad y principio
Ver el documentoAlcance de la aplicación
Ver el documentoSelección de los proveedores
Ver el documentoLíneas generales del acuerdo normalizado entre proveedores53 y autoridades de fiscalización de los países exportadores
Ver el documentoResumen del procedimiento de pedido
Ver el documentoModelo de formulario de petición/notificación de envío para suministros de emergencia de sustancias fiscalizadas
Abrir esta carpeta y ver su contenidoAnexo 10: Referencias y bibliografía
Ver el documentoAnexo 11: Direcciones útiles
Ver el documentoOrganizaciones que han colaborado en la preparación del Nuevo Botiquín de Urgencia 98
Ver el documentoCubierta posterior
 

Líneas generales del acuerdo normalizado entre proveedores53 y autoridades de fiscalización de los países exportadores

53 Cuando el organismo operativo es también un proveedor, el acuerdo se establecerá entre el mismo y las autoridades de fiscalización.

El acuerdo normalizado comprenderá por lo menos los siguientes elementos:

1) Criterios para aceptar las peticiones de envío de los organismos operativos (al final se adjunta un modelo de formulario)

Los criterios para la aceptación inmediata de las peticiones de envío procedentes de los organismos operativos deben especificar por lo menos los datos esenciales que ha de proporcionarse al proveedor relativos a los siguientes aspectos:

a. credibilidad del organismo operativo demandante

Debería prepararse una lista previa de organismos operativos creíbles. Un organismo operativo creíble debe i) ser una organización establecida; ii) poseer experiencia apropiada del suministro internacional de asistencia médica humanitaria; iii) tener una administración médica responsable (médico(s) o farmacéutico(s)); y iv) contar con apoyo logístico apropiado.

b. naturaleza de la emergencia y urgencia de la petición

Declaración dirigida al proveedor sobre la naturaleza de la emergencia formulada por el organismo operativo o, si corresponde, por un organismo de las Naciones Unidas.

c. disponibilidad de las autoridades de fiscalización en el país receptor.

d. mecanismo para evitar la desviación después de la entrega

Indicar si el organismo operativo demandante es el usuario de los suministros. En caso negativo deben indicarse el nombre y la organización de la persona responsable de la recepción y la distribución interna de los suministros. En la medida de lo posible deben identificarse los encargados de la recepción en el país receptor.

2) Calendario y modo de notificación a las autoridades de inspección y la JIFE

Cuando estén disponibles las autoridades de inspección del país receptor, las autoridades de fiscalización del país exportador y el organismo operativo de un envío de urgencia deben efectuar la notificación lo antes posible, aunque la autorización de importación no habría sido requerida en las circunstancias de una situación de emergencia.

Los proveedores deben informar a las autoridades de fiscalización del país exportador de todo envío de emergencia que se efectúe en respuesta a la petición de un organismo operativo, de modo que las autoridades de fiscalización puedan intervenir si es necesario.

Los proveedores deben presentar a las autoridades de fiscalización del país exportador un informe anual sobre los envíos de emergencia y las cantidades de medicamentos en cuestión, así como su destino, por duplicado, de modo que pueda enviarse un ejemplar a la JIFE.

Los proveedores, o los organismos operativos a través de los proveedores, deben informar a las autoridades de fiscalización de los países exportadores, con copia dirigida a la JIFE, sobre cualquier problema que surja en la realización de las entregas de emergencia.

3) Otras cuestiones pertinentes

Según corresponda, el acuerdo puede incluir disposiciones sobre otras cuestiones pertinentes, como la inspección y la orientación por las autoridades de fiscalización. Aunque las cantidades implicadas sean bastante bajas, pueden ser afectadas por requisitos de estimación/evaluación basados en el principio de que se considera que los medicamentos suministrados han sido «consumidos» en el país exportador.

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Última actualización: le 3 mayo 2013