Según la Orden No. 790 del Ministerio de Salud Danés del 21 de septiembre de 1992 [47], los remedios naturales cubiertos por el sistema de autorización se definen del siguiente modo:
- Por remedios naturales se entenderán los productos medicinales en los cuales la sustancia activa (contenido) comprende exclusivamente sustancias que ocurren naturalmente en concentraciones que no son sustancialmente mayores que aquellas en las que se encuentran en la naturaleza.
- La orden se aplica a los remedios naturales de aplicación oral en la piel o las mucosas. No se aplica a los que contienen drogas de venta solamente bajo receta ni a las medicinas homeopáticas.
Las combinaciones de remedios naturales con vitaminas y/o minerales agregados no pueden comercializarse como remedios naturales. Debe proporcionarse prueba de calidad, inocuidad y eficacia; una solicitud bibliográfica en lo que se refiere al uso terapéutico se acepta si contiene descripciones en la bibliografía científica pertinente de Europa o América del Norte [47, 48].