Dependiendo de si se emplean métodos de cultivo convencionales o ecológicos, pueden ser aceptables diferentes procedimientos normalizados de actuación, pero debe procurarse, no obstante, evitar cualquier efecto sobre el medio ambiente. Deben aplicarse principios correctos de cultivo, incluida la rotación de cultivos adecuada.
9.1 Suelo y fertilización
9.1.1 No se deben cultivar plantas medicinales en suelos contaminados con lodos, metales pesados, residuos, productos fitosanitarios u otras sustancias químicas, etc. Debe reducirse al mínimo el uso de cualquier sustancia química para el crecimiento o la protección del cultivo.
9.1.2 El estiércol que se aplique debe estar intensamente descompuesto y no debe contener heces humanas.
9.1.3 Todos los demás fertilizantes deben aplicarse con moderación y de conformidad con las necesidades de la especie particular. Los fertilizantes deben aplicarse de forma que se reduzca al mínimo la lixivación.
9.2 Riego
9.2.1 El riego debe ser controlado y realizarse de conformidad con las necesidades de la planta medicinal.
9.2.2 El agua de riego debe cumplir las normas de calidad regionales o nacionales.
9.3 Mantenimiento y protección de los cultivos.
9.3.1 El laboreo debe adaptarse al crecimiento y las necesidades de las plantas.
9.3.2 Deben evitarse, en la medida de lo posible, las aplicaciones de plaguicidas y herbicidas. En caso necesario, deben aplicarse productos fitosanitarios aprobados en la concentración mínima eficaz, conforme a las recomendaciones del fabricante y de las autoridades. La aplicación debe realizarla únicamente personal cualificado y debe utilizar equipos aprobados. El tiempo mínimo transcurrido entre dicho tratamiento y el cosechado debe ser el estipulado por el comprador o debe ajustarse a las recomendaciones del fabricante del producto fitosanitario. Deben cumplirse las reglamentaciones regionales y nacionales relativas a límites máximos de residuos establecidas en la Farmacopea Europea, las Directivas de la Unión Europea, el Codex Alimentarius, etc.