2.1 La finalidad del presente documento es abordar los problemas específicos que plantea el cultivo, la recolección y el procesado primario de las plantas medicinales o medicamentos herbarios que se utilizan con fines medicinales. Aborda cuestiones específicas relacionadas con la producción agrícola y la recolección de plantas medicinales o medicamentos herbarios en el medio silvestre. Estas consideraciones deben interpretarse teniendo presentes las directrices sobre prácticas adecuadas de fabricación de los ingredientes farmacéuticos activos y deben aplicarse a todos los métodos de producción, incluida la producción ecológica, de conformidad con los reglamentos regionales y nacionales. Constituyen normas adicionales para la producción y procesado de plantas medicinales o medicamentos herbarios, en la medida en que se centran principalmente en la identificación de las etapas de la producción críticas que son necesarias para asegurar una calidad adecuada.
2.2 El objetivo principal es garantizar la inocuidad para los consumidores mediante el establecimiento de normas de calidad apropiadas para las plantas medicinales o medicamentos herbarios. Son especialmente importantes:
- la producción de forma higiénica de las plantas medicinales o medicamentos herbartios, con el fin de reducir al mínimo su carga microbiana, y
- su manipulación de forma cuidadosa, de manera que no se vean afectadas negativamente por la recolección, cultivo, procesado y almacenamiento.
Durante el proceso de producción, las plantas medicinales o medicamentos herbarios y sus preparados están expuestos a un gran número de contaminantes microbianos y otros contaminantes. Este documento aporta recomendaciones para reducir la contaminación al mínimo dirigidas a los productores.
2.3 Las recomendaciones se dirigen a todos los participantes en el proceso, de los productores primarios a los comerciantes y procesadores.
Por consiguiente, los productores, comerciantes y procesadores de plantas medicinales o medicamentos herbarios deben observar estas recomendaciones, anotar todas las actividades de interés en la documentación de cada lote y exigir a sus asociados que actúen de igual forma, excepto si existen motivos justificados para actuar de otro modo.
Los agricultores y recolectores de plantas medicinales o medicamentos herbarios deben evitar dañar los hábitats silvestres existentes. Debe observarse la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES).