Aunque la MT/MCA se utiliza muy ampliamente en la prevención, diagnóstico, tratamiento y gestión de enfermedades, muy pocos países han desarrollado una política nacional sobre MT/MCA.
Esas políticas necesitan ordenarse para definir el papel de la MT/MCA en los sistemas sanitarios nacionales y cómo puede contribuir a la reforma del sector sanitario. También pueden asegurar que se sitúen los mecanismos legislativos y legales necesarios para fomentar y mantener una buena práctica, que el acceso a la MT/MCA sea equitativo, y que se asegure la autenticidad, la seguridad y la eficacia de las terapias utilizadas. Sin dichas políticas, la MT/MCA se practica sin ninguna clase de control gubernamental y sin ofrecer la debida protección al paciente/consumidor.
“Sin una valoración crítica sobre qué debe integrarse y lo que no, nos arriesgamos a desarrollar un sistema sanitario que cueste más, sea menos seguro, y no sea capaz de tratar la gestión de las enfermedades crónicas de una forma públicamente responsable”.32
Por lo tanto las políticas sobre MT/MCA deben cubrir una gama de temas, incluyendo: legislación y regulación de productos con base de hierbas y de práctica de las terapias; educación, formación y licencia para los proveedores; investigación y desarrollo; y distribución de los recursos económicos y demás recursos (Tabla 7). En breve, las políticas MT/MCA sólidas pueden aumentar los tipos de atención sanitaria segura y eficaz disponibles a los pacientes y consumidores.
Tabla 7. Elementos clave a incluir en una política nacional sobre MT/MCA
|
• Definición de la MT/MCA.
• Definición del papel del gobierno en el desarrollo de la MT/MCA.
• Provisión para asegurar la seguridad y calidad de las terapias y productos de la MT/MCA.
• Provisión para la creación o expansión de la legislación relacionada con los proveedores de MT/MCA y legislación de las medicinas con base de hierbas.
• Provisión de educación y formación de los suministradores de MT/MCA.
• Provisión de promoción del uso correcto de la MT/MCA.
• Provisión para elaborar capacidad de recursos humanos de MT/MCA, incluyendo distribución de recursos económicos.
• Provisión de cobertura por parte de la seguridad social.
• Consideración de los temas sobre la propiedad intelectual.
|
Hasta la fecha, sólo 25 de los 191 Estados Miembro de la OMS han desarrollado una política nacional sobre MT/MCA.
También debe prestarse atención a los temas de propiedad intelectual si el país en cuestión tiene un conocimiento indígena de MT/MCA y/o a los recursos naturales que se utilizan en la elaboración de productos de MT/MCA. Algunos grupos recomiendan proteger la MT bajo formas existentes o nuevas de derechos sobre la propiedad intelectual. Otros difieren de esta sugerencia por razones éticas o económicas. Sin embargo, la “biopiratería” - la apropiación no autorizada del conocimiento y los materiales de la MT - está muy condenada. Naturalmente, cuando se preparan las políticas nacionales sobre MT/MCA, deben considerarse los objetivos e implicaciones de la protección del derecho a la propiedad intelectual.48
De echo, debe tenerse gran cuidado a la hora de desarrollar políticas sobre MT/MCA. Primero se debe hacer una cuidadosa valoración del uso y práctica de la MT/MCA en el país relevante y los medios más apropiados de uso de la MT/MCA para ayudar a satisfacer sus metas sanitarias. Las políticas nacionales deben beneficiar a sus pacientes utilizando terapias de MT/MCA. No podrán aportar estos beneficios si: son incapaces de asegurar la seguridad, eficacia y calidad de los productos y prácticas de la MT/MCA; restringir indebidamente la práctica de la MT/MCA; dar lugar a mayores costes sanitarios; ocultar injustificadamente las opciones de tratamiento a los pacientes; o reducir la capacidad de los médicos de medicina alopática a pacientes derivados.