• Debe diseñarse un POE escrito para los inspectores y ponerse a su disposición. El mencionado POE debe incluir al menos la siguiente información:
- cómo el producto bajo sospecha debe aislarse a fin de prevenir su distribución en otros lugares
- el tamaño de las muestras requeridas para el objetivo de la prueba
- la manera en la cual deben tomarse las muestras
- el procedimiento de registro que se utilizará para registrar los detalles de las medidas adoptadas
- los detalles que deben registrarse en el recibo expedido para el producto embargado o las muestras tomadas
- el tipo de materiales que deben emplearse para sellar las muestras o para embargar o confiscar los productos bajo sospecha
- los nombres, las direcciones y los números telefónicos de las personas que deben contactarse para informarles sobre las medidas adoptadas
- las precauciones especiales que debe observar la persona que inicia el proceso de muestreo o de incautación, con especial referencia a los procedimientos legales correctos que deben seguirse
- en los casos en que correspondiese, la manera en la que el producto bajo sospecha debe destruirse.
• Cuando otras personas participen en la detección de productos farmacéuticos falsificados, estas deben operar de acuerdo con un POE apropiado. Cada vez que se sospeche sobre productos farmacéuticos falsificados se debe notificar inmediatamente a un inspector.